Es una alumna ejemplar y su padre quiere dejar de pagarle la cuota alimentaria: este fue el fallo de la Justicia | ANBariloche
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Plaza Huincul

Es una alumna ejemplar y su padre quiere dejar de pagarle la cuota alimentaria: este fue el fallo de la Justicia

La Cámara de Apelaciones considero tanto el planteo de la joven, que cursa ingeniería en la UTN de Plaza Huincul, y los argumentos de su progenitor.
04/05/2026 20:20 Hs.
La joven es una estudiante aplicada.
La joven es una estudiante aplicada.

La Cámara de Apelaciones del interior de la provincia ratificó que un padre deberá continuar pagando la cuota alimentaria a su hija de 21 años, quien se encuentra estudiando una carrera universitaria. El tribunal rechazó el intento del hombre de dejar sin efecto la asistencia económica y respaldó la decisión previa de una jueza de primera instancia.

El caso se originó a partir de una demanda iniciada por la joven bajo el artículo 663 del Código Civil y Comercial, que contempla la obligación alimentaria para hijos mayores de edad que siguen capacitándose. La estudiante explicó que sus ingresos actuales, sumados a la ayuda de su madre, no alcanzan para cubrir sus gastos, y que la exigente carga horaria de la carrera de ingeniería le impide sostener un trabajo.

En primera instancia, la jueza de Familia, Niñez y Adolescencia de la II Circunscripción, Silvina Arancibia Narambuena, había fijado una cuota provisoria equivalente al 80 por ciento del salario mínimo vital y móvil. Para tomar esa decisión, consideró probado tanto el carácter de estudiante regular de la joven como su situación económica.

El padre apeló la medida, pero la Cámara desestimó sus argumentos. Los jueces remarcaron que el objetivo de las cuotas alimentarias provisorias no es anticipar una sentencia definitiva, sino dar respuesta inmediata a las necesidades urgentes de quien las solicita y resguardar su integridad.

La joven estudia en la Universidad Tecnológica Nacional de Plaza Huincul.

 

Buen desempeño académico y necesidad acreditada

Al analizar el caso, los camaristas Manuel Castañon López y Pablo Furlotti valoraron especialmente el compromiso de la joven con sus estudios. Destacaron que cursa en la Universidad Tecnológica Nacional de Plaza Huincul y que mantiene un promedio de 9, lo que refuerza la legitimidad de su reclamo.

Además, tuvieron en cuenta que la estudiante vive sola, lo que incrementa sus gastos diarios. En ese sentido, señalaron que los costos de residir en una localidad distinta a la de su familia, sumados a las exigencias académicas, evidencian la necesidad de contar con apoyo económico.

Para los magistrados, los argumentos presentados por el padre no resultaron suficientes para modificar lo resuelto en primera instancia. Consideraron que su planteo no logró desvirtuar la situación de vulnerabilidad económica que atraviesa la joven mientras cursa su carrera.

Plaza Huincul.

 

El alcance de la obligación alimentaria

En su resolución, la Cámara también aclaró un punto clave: el hecho de que en otro expediente se haya dispuesto el cese de la cuota alimentaria al alcanzar la mayoría de edad no impide que se pueda fijar una nueva prestación en función de la continuidad de los estudios.

Los jueces explicaron que el régimen legal vigente contempla esta situación y busca evitar que los jóvenes deban abandonar su formación por falta de recursos. En esa línea, advirtieron sobre las consecuencias concretas que tendría retirar la asistencia económica en esta etapa.

“Dejarla en este momento sin la cuota de alimentos implicaría que queden necesidades básicas sin cubrir y, eventualmente, que abandone sus estudios universitarios”, sostuvieron.

La Justicia busca garantizar los estudios de la joven.

 

Un criterio centrado en la protección del estudiante

Finalmente, el tribunal subrayó que, ante la tensión entre los intereses económicos del padre y las necesidades de la joven, la decisión debía inclinarse en favor de garantizar su desarrollo personal y educativo.

“En el análisis entre la integridad y la supervivencia de una persona joven frente a los intereses patrimoniales del demandado, no hay dudas sobre el sentido de la resolución”, concluyeron los jueces.

De este modo, la Cámara confirmó la continuidad de la cuota alimentaria provisoria, reforzando el criterio de que el acompañamiento económico puede extenderse más allá de la mayoría de edad cuando está en juego la formación académica.