Condenaron a una mujer por explotación sexual tras un juicio que tardó casi una década en llegar | ANBariloche
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Condenaron a una mujer por explotación sexual tras un juicio que tardó casi una década en llegar

La causa se originó en 2016 y derivó en una única condena. Dos imputados fueron absueltos y se descartó el delito de trata.
30/03/2026 00:59 Hs.
Los allanamientos en los prostíbulos neuquinos se hicieron hace en el 2016.
Los allanamientos en los prostíbulos neuquinos se hicieron hace en el 2016.

Una investigación por explotación sexual desarrollada en la ciudad de Neuquén concluyó con una sola persona condenada, luego de un proceso judicial que se extendió por casi diez años. El fallo fue dictado por el Tribunal Oral Federal (TOF), que además resolvió absolver a los otros dos acusados y descartó la figura de trata de personas.

Los hechos que dieron origen a la causa se remontan a los años 2016 y 2017, cuando la justicia federal impulsó una pesquisa inicial bajo la sospecha de trata. En ese marco, se realizaron allanamientos en departamentos donde funcionaban los denominados “privados”, ubicados en distintos puntos de la capital neuquina, entre ellos calles Palpalá, Leguizamón y Tierra del Fuego.

A partir de esos procedimientos, dos mujeres y un hombre quedaron imputados por beneficiarse económicamente del ejercicio de la prostitución ajena. Durante la investigación se identificaron al menos cinco mujeres que habrían sido explotadas en esos espacios, en un contexto que, según la acusación inicial, incluía condiciones de vulnerabilidad y una organización detrás de la actividad.

Se descartó el delito de trata de personas.

 

Testimonios clave durante el juicio

Durante el debate oral declararon efectivos policiales que participaron de los operativos, así como también algunas de las mujeres involucradas. Además, brindó su testimonio la secretaria general del sindicato AMMAR, Georgina Orellano. En el juicio también se incorporaron registros de entrevistas realizadas en Cámara Gesell.

Uno de los relatos más relevantes fue el de una mujer que explicó cómo llegó a Neuquén tras responder a una publicación en internet que ofrecía trabajo en el sur del país. Según su testimonio, una mujer gestionó su traslado desde Buenos Aires y, una vez en la ciudad, comenzó a ejercer el trabajo sexual bajo condiciones en las que entregaba la mitad de sus ingresos.

Otra de las mujeres describió una situación similar: proveniente del conurbano bonaerense y sin conocer la región, aseguró que comenzó a trabajar apenas arribó y que sus jornadas se extendían durante largas horas, prácticamente sin descanso.

También se escuchó el testimonio de una joven que había finalizado sus estudios secundarios y tenía intención de continuar su formación. Sin embargo, ante la falta de oportunidades laborales, recurrió a una conocida que ya estaba en Neuquén, quien la vinculó con una de estas casas. Según su declaración, le tomaron fotografías para publicarlas en sitios web y captar clientes. Indicó además que nunca le retuvieron la documentación personal.

Se han realizado allanamientos en los últimos años.

 

La acusación y el cambio de enfoque

En la etapa de alegatos, la representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que no se habían reunido pruebas suficientes para sostener la acusación por trata de personas. En su lugar, planteó que correspondía juzgar los hechos como explotación económica del ejercicio de la prostitución, agravada por el contexto de vulnerabilidad.

En ese sentido, señaló a una de las imputadas como la principal responsable y solicitó una pena de cinco años de prisión efectiva. Para el hombre acusado, en cambio, pidió una condena en suspenso al considerar que su participación había sido secundaria. En cuanto a una tercera mujer, la fiscalía retiró la acusación y expuso aspectos de su historia personal atravesada por situaciones de extrema vulnerabilidad.

Por su parte, la defensa oficial requirió la absolución de los imputados.

 

El veredicto del Tribunal

Finalmente, el Tribunal Oral Federal resolvió condenar a María Esther López a cuatro años de prisión efectiva. En la sentencia se sostuvo que quedó acreditado su rol central en la organización de la actividad y su beneficio económico directo.

Sin embargo, los jueces descartaron el agravante vinculado al aprovechamiento de la vulnerabilidad de las mujeres. Para ello, valoraron informes elaborados por el Programa de Rescate, en los que se indicó que no había elementos que permitieran inferir restricciones a la libertad de circulación de las personas involucradas.

En relación al imputado masculino, el tribunal consideró que la prueba reunida no alcanzaba para sostener una condena, por lo que dictó su absolución.

De esta manera, la causa concluyó con una única condena y sin que se confirmara la hipótesis inicial de trata de personas, marcando un cierre judicial tras un prolongado proceso que atravesó distintas etapas y cambios en su encuadre legal.

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