Circulaba a alta velocidad y atropelló a dos personas: ordenan millonaria indemnización | ANBariloche
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Fallo

Circulaba a alta velocidad y atropelló a dos personas: ordenan millonaria indemnización

El conductor circulaba a más de 82 km/h en una calle urbana. Ahora, deberá pagarle más de 80 millones de pesos a las víctimas.
17/01/2025 00:00 Hs.
El accidente ocurrió en El Bolsón en el verano de 2022. Foto: ilustrativa.
El accidente ocurrió en El Bolsón en el verano de 2022. Foto: ilustrativa.

Una pareja fue embestida por un conductor que transitaba a alta velocidad en El Bolsón y sufrieron graves lesiones el 5 de febrero de 2022. Ahora, ordenaron una millonaria indemnización. 

El hecho ocurrió en una calle urbana, donde la velocidad máxima es de 30 km/h y el hombre circulaba a más de 82 km/h, según pudieron establecer los peritos que trabajaron luego del accidente.

Además, quedó demostrado que no tenía prioridad de paso. Como consecuencia, los víctimas del siniestro sufrieron varias fracturas e incapacidad permanente, por lo que iniciaron una demanda civil por daños y perjuicios.

Luego de analizar la prueba, la jueza interviniente responsabilizó al conductor del vehículo y fijó una indemnización superior a los 81 millones de pesos.

El informe accidentológico concluyó que el siniestro fue causado por la imprudencia y negligencia del demandado.

Las víctimas del accidente, una mujer de 61 años y un hombre de 58, sufrieron lesiones de gravedad que afectaron de manera significativa su calidad de vida. La mujer presentó fracturas en costillas y pelvis, problemas cervicales, y un trastorno de ansiedad que limitó su movilidad y sus actividades sociales.

El hombre quedó con secuelas físicas permanentes, incluyendo problemas en su brazo izquierdo y cervicales, que dificultan el desarrollo de su actividad laboral como mecánico.

La jueza determinó que estas lesiones no solo afectaron el presente de las víctimas, sino que también tendrán secuelas prolongadas en sus vidas, lo que justificó el reconocimiento de una indemnización por incapacidad sobreviniente, gastos médicos actuales y futuros, daño moral y daño psíquico.

La responsabilidad de la aseguradora

Un punto central del fallo fue la responsabilidad de la aseguradora citada en garantía, que intentó eximirse con el argumento de la falta de denuncia del siniestro en los plazos legales y la supuesta conducta dolosa del conductor asegurado.
 
Sin embargo, la magistrada concluyó que la compañía había tomado conocimiento del siniestro en una instancia previa de mediación. Agregó que el silencio posterior implicaba una aceptación tácita de la cobertura, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Seguros.

La sentencia enfatizó que las aseguradoras tienen la obligación de actuar de buena fe y resolver con celeridad las reclamaciones de los asegurados y las víctimas.