Ordenan a un supermercado indemnizar a una trabajadora despedida | ANBariloche
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Sentencia

Ordenan a un supermercado indemnizar a una trabajadora despedida

La firma expresó que había sido contratada a través de una empresa tercerizada a pesar que cumplía los mismo horarios que el resto de sus compañeros, vestía el uniforme de la compañía y atendía todos los días. Además le pagaban con vales.
15/08/2024 00:00 Hs.

 

La justicia ordenó a una cadena de supermercados que opera en la ciudad indemnizar a una cajera que fue despedida más alla de que la firma manifestó desconocer el vínculo laboral por tratarse de una empleada tercerizada.

La trabajadora atendía todos los días, vestía el uniforme de la empresa, cumplía los mismos horarios que sus compañeros de trabajo pero cobró solo vales en concepto de anticipo de sueldos antes de ser desvinculada.

En su demanda judicial expresó haber ingresado a trabajar en el supermercado Chango Más como cajera, sin que sus haberes fueran cancelados mediante recibos. En su lugar le entregaban vales. Por ello sospechó que no se encontraba debidamente inscripta y comenzó a requerir su registración y pago de haberes conforme escala vigente.

Frente a este reclamo le fueron restando tareas hasta su desvinculación. Vale aclarar que previo a iniciar la demanda judicial, intimó de manera fehaciente a la empresa.

Por su parte, la compañía informó que tenía un contrato con la empresa Gestión Laboral S.A, que se encargaba de la búsqueda, selección y provisión de personal eventual. De esta manera al finalizar la temporada alta de verano, se dispone discontinuar al personal eventual contratado. Por lo tanto consideraron que no tenían vínculo laboral con la trabajadora.

Según informaron, el tribunal consideró que existió la relación laboral descrita por la trabajadora pero también surgió de la empresa Walmart Argentina y/o Dorinka SRL que la mujer trabajadora prestó servicios en un establecimiento de su explotación. Además la relación laboral quedó acreditada con las declaraciones testimoniales de sus compañeros.

Uno de ellos identificó la caja donde se desempeñaba como "la caja del fondo". Dijo que vestía las pecheras verdes que usan como uniforme en el local, mientras un cliente dijo que fue a comprar para las fiestas y vio a la trabajadora en la mencionada "caja del fondo" cerca de un local de productos para mascotas.

En el expediente no se acreditó de modo alguno la contratación de la trabajadora por parte de Gestión Laboral, y no aportó ninguna prueba de haberle avisado que la misma no continuaba con la relación laboral.

De esta manera la sentencia hizo lugar a la demanda en lo que respecta a las indemnizaciones derivadas del despido injustificado y liquidación final desde el momento que la empleadora no solamente negó la existencia de la relación laboral, sino que incluso negó que hubiese prestado servicios en el establecimiento.

Afirmaron también que corresponde la aplicación de las multas previstas en la legislación laboral, por no encontrarse la relación debidamente registrada y haber obligado a la trabajadora a tener que reclamar judicialmente para poder cobrar lo que legalmente le correspondía.