Balotaje
Diferencias entre el voto en blanco, nulo o impugnado
A pocos días del balotaje que definirá finalmente quién será el próximo Presidente del país, surgen interrogantes acerca de cómo anular el voto o qué sucede si se emite un voto en blanco.
El escenario político que no conforma a muchas personas, hace que se baraje la posibilidad de no votar como muestra del malestar que generan ambos candidatos, tanto Sergio Massa de Unión por la Patria, como Javier Milei de la Libertad Avanza.
Si bien hay quienes piensan que los votos en blanco favorecen al candidato que encabece el recuento de sufragios el próximo domingo, la Cámara Nacional Electoral establece que esto no es así.
Se considera voto en blanco a aquellos sobres en los que se haya introducido un papel cualquiera, que no sea una de las boletas electorales de los dos candidatos que se disputan la presidencia.
A pesar de que no se computa para ninguno de los candidatos, el voto en blanco es considerado como válido y de alguna manera, funciona como una expresión de la inconformidad con respecto a las propuestas electorales.
En el Código Electoral también se prevé el voto nulo. En este caso, para contar un voto como nulo, debe tener en el sobre una boleta no oficializada, de elecciones anteriores por ejemplo o también, boletas de distintos partidos políticos para el mismo cargo, en este caso, Presidente.
También se considera voto nulo a aquellos que se realicen con boletas destruidas, tachadas o que no contengan el nombre del partido o en los casos en los que se introducen objetos extraños junto a la boleta.
Por otro lado, existen los votos recurridos, cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal. En este caso, la autoridad de mesa debe consignar sus motivos por escrito y suscribir el sufragio a la Junta Nacional Electoral, para que esta valide o no el sufragio.
Por último, el voto impugnado se da cuando las autoridades de mesa identifican que el o la votante no es el titular del Documento Nacional de Identidad (DNI) con el que acudió a sufragar.
En las últimas elecciones, a nivel nacional, provincial y local, el ausentismo en las urnas fue muy alto en comparación con comicios anteriores, y esto fue tomado como una muestra del descontento social generalizado en el país.
De todas maneras, el voto en Argentina es universal, secreto y obligatorio, por lo que no ir a votar durante las elecciones, sin tener el justificativo para tal acción, incurre en una falta que puede derivar en sanciones económicas.
Además de las multas económicas que van de $50 a $500, el Código Electoral prevé que las personas que no acudan a los comicios no podrán realizar trámites nacionales, provinciales o municipales por un año ni ejercer cargos nacionales por tres años. (ANB)