Hormonización
Un fallo judicial garantizó el tratamiento médico y psicoterapéutico de una niña transgénero
El fallo, en respuesta a un amparo presentado por la Defensa Pública de Río Negro, también exige que los abogados de la obra social se capaciten en perspectiva de género.

En un fallo judicial sin precedentes, una niña de 11 años obtuvo el derecho a recibir tratamiento médico y psicoterapéutico integral para adecuar su cuerpo a su identidad autopercibida como niña transgénero.
La sentencia, que responde a un amparo presentado por la Defensa Pública de la provincia de Río Negro, también impone a los abogados de la obra social la obligación de capacitarse en perspectiva de género.
La madre de la niña explicó que, a sus 11 años, su hija debe iniciar un tratamiento hormonal para adecuar su cuerpo a su identidad de género y alcanzar una plena satisfacción personal y una mejor integración en su entorno social. Actualmente, la obra social solo cubre el 80% de los costos del tratamiento, lo cual se considera contrario a la Ley Nacional 26.743 de Derecho a la Identidad de Género.
El proceso judicial destacó la madurez y claridad de las manifestaciones de la niña, además de recopilar informes de expertos en endocrinología y psicología, junto con su historia clínica, que respaldan su proceso de reafirmación de identidad de género.
La obra social rechazó el amparo argumentando la falta de definición de tratamientos futuros para la menor, pero ratificó la cobertura parcial de las prestaciones solicitadas, con un 80% a cargo de la obra social y un 20% a cargo del afiliado en concepto de coseguro.
La sentencia sostiene que la obra social no acreditó acciones positivas para mejorar la situación de la afiliada, quien pertenece a un grupo vulnerable debido a su identidad de género y edad. Además, la sentencia se basa en tratados internacionales y disposiciones judiciales que establecen la obligación de abordar los casos con perspectiva de género y priorizar el interés superior del niño/a.
El fallo, que aún no es definitivo, no solo concede el amparo a la niña, sino que también impone la obligación a todos los abogados de la obra social de capacitarse en perspectiva de género en un plazo razonable. Esta capacitación será proporcionada por la Oficina de Género y Derechos Humanos del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro o instituciones similares, bajo amenaza de sanciones legales en caso de incumplimiento.