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Voto inclusivo

¿De qué se trata la accesibilidad electoral?

El derecho al voto es constitucional y las personas que poseen algún tipo de discapacidad tienen que poder votar con sus propios medios.
31/07/2023 00:00 Hs.
¿De qué se trata la accesibilidad electoral?
¿De qué se trata la accesibilidad electoral?

En un año electoral como lo es el 2023, todos los ciudadanos tienen el derecho a ejercer su voto para elegir a los representantes de gobierno del país y de la ciudad.

En este sentido, es importante tener en cuenta algunas cuestiones que no sólo se deben realizar el mismo día de los comicios, sino durante las campañas que hacen los candidatos que se presentan para las elecciones.

Por ello, desde la Dirección de Gestión para las Personas con Discapacidad dan a conocer de qué trata la accesibilidad electoral, como una forma de visibilizar algunas adaptaciones necesarias para que las personas con discapacidad pueden ejercer su derecho libremente.

“El derecho al voto es un derecho constitucional y la persona con discapacidad deber poder tener la autonomía de ejercer el sufragio por sus propios medios”, afirmó a ANB, Helen Tobar, coordinadora de la Dirección de Gestión para las Personas con Discapacidad.

“Partamos de la base de que hoy en día no se cuenta con boletas impresas en el sistema braille por lo que una persona que sufre una disminución visual o que sufre de ceguera tiene que contar con el acompañamiento de un familiar o de las autoridades de mesa para que la acompañen al cuarto oscuro y confiar en que están poniendo dentro del sobre la boleta que la persona eligió y no la que desea esa persona que acompaña. Además, esta situación lleva a que el voto deje de ser secreto para quienes tienen esta discapacidad”, afirmó la referente.

Sin embargo, no se trata sólo de la accesibilidad en el propio acto electoral, sino “la información previa debe llegar de forma correcta a todas las personas. Por lo que, durante su campaña, los candidatos deben tener que las propuestas deben ser emitidas de forma accesible a toda la comunidad”, señaló.

En este caso, por ejemplo, los videos deben estar traducidos con lenguajes de seña para persona que son sordas mudas, las imágenes deben ir acompañadas de audios para personas que sufren ceguera y para quienes pueden leer, pero tiene alguna disminución intelectual, las letras de los folletos y propagadas deben estar escritas en letras de fácil comprensión y utilizar colores de fondo que hagan contraste con las letras.

Estos son algunos de los ejemplos que se pueden llevar adelante para cumplimentar con la ley nacional 26.571/09 sobre Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral y que plantea medidas específicas que deben considerarse para asegurar el voto inclusivo.

“De la misma forma en que señalamos que el proceso eleccionario debe ser accesible e inclusivo es imprescindible que los candidatos políticos incluyan en sus propuestas la discapacidad como eje de trabajo, así como cumplir con la accesibilidad comunicacional al transmitir sus ideas en los medios y en las redes”, solicitó.

E este sentido, quienes deseen tener más información sobre este tema podrán ver los siguientes enlaces que cuentan cómo incorporar estas propuetas: 

https://www.argentina.gob.ar/dine/voto-inclusivo#2.

https://www.argentina.gob.ar/elecciones-2023/lo-que-hay-que-saber-sobre-las-elecciones/lo-que-hay-que-saber-sobre-las-elecciones#1.

Caber recordar que en tan sólo 13 días se realizarán las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias donde se elegirán los candidatos que se postulen a las elecciones generales del 22 de octubre, donde los argentinos tendrán la posibilidad de elegir al presidente, vicepresidente, 43 parlamentarios y parlamentarias del Mercosur, 130 diputados y 24 senadores nacionales. 

Además, el próximo 3 de septiembre se realizarán las elecciones municipales, donde los barilochenses elegirán a un nuevo jefe comunal, junto a 11 concejales titulares, 11 suplentes y a los 3 miembros del Tribunal de Contralor.

Para conocer dónde se deberá votar, se debe ingresar al padrón electoral colocando el número de DNI www.padron.gob.ar. (ANB)