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Fallo millonario a favor de jubilada estafada por financiera

La deuda se hizo “exorbitante” y nadie le explicó el motivo. La sentencia definió una indemnización de dos millones de pesos a favor de la mujer, más intereses por el daño moral causado.
19/08/2022 00:00 Hs.
Fallo millonario a favor de jubilada estafada por financiera
Fallo millonario a favor de jubilada estafada por financiera

Una jubilada de Roca tomó tres préstamos personales en una financiera y firmó pagarés como garantías de pago. Con dificultades, la mujer fue pagando cuotas pero comenzó a recibir avisos sobre supuestas deudas que eran muy superiores a los créditos iniciales.

La mujer, que pidió explicaciones a la financiera sobre las razones de esas deudas “exorbitantes”, no consiguió que le entreguen los contratos firmados ni que le detallen claramente los cálculos que hacía la empresa para llegar a esos montos.

Según afirmó en la demanda por Defensa del Consumidor ante el Juzgado Civil N° 3 de Roca, la señora “se comunicó varias veces con la empresa y le transmitieron su condición de deudora y nuevas fechas de vencimiento, plazos y montos que no llegaba siquiera a anotar”.

Contó que sufrió “malos tratos” y que, con ayuda de su hija y su nieto, se pudo comunicar con el estudio jurídico de la empresa. Allí “una secretaria, sin mostrarle cálculo o criterio alguno, reestructuró la deuda con sumas exorbitantes y extremadamente superiores a los créditos iniciales”. Le reclamó “verbalmente” un total de 252.000 pesos, cuando los créditos originales habían sido de 15.000, 20.000 y 30.000 pesos. En la misma ocasión la señora volvió a pedir copia de los contratos, pero le dijeron que “no lo daban hasta que pague todas las cuotas”.

Foto archivo: Juzgado Civil N° 3 de Roca

 

Por carta documento, la mujer intimó a la empresa “a que colocara a su disposición el contrato de mutuo celebrado, por cuanto entendía que las sumas reclamadas verbalmente eran irrisorias”. Y afirmó allí mismo “que no podía acceder con claridad a lo que se le reclamaba como adeudado”.

La empresa le respondió con otra carta documento pero no le puso a disposición el contrato ni le ofreció más explicaciones.

La Juez que intervino en la causa afirmó que "la información brindada en la carta documento lejos está de cumplir con el derecho a la información en los términos exigidos por el art. 42 de la Constitución Nacional, por cuanto tampoco detallaba en forma pormenorizada y clara la composición de capital que reclamaba, ni fechas de mora, entre otras”.

Al responder la demanda, la empresa dijo en su defensa que toda la información reclamada por la jubilada estaba detallada en los pagarés, que mencionaban “la tasa de interés efectiva anual (TEA)”, “el costo financiero total con IVA”, “los gastos administrativos por cuota” y “un sistema de amortización de capital y cancelación de intereses constante”.

Además, la Magistrada destacó que la financiera ha participado de una “gran cantidad de procesos ejecutivos”, por lo que conoce las normas de Defensa del Consumidor y la jurisprudencia sobre cómo debe brindar la información a sus clientes.

Aunque el fallo todavía no esta firme y puede ser apelado por la financiera, la sentencia definió para la mujer 200.000 pesos más intereses por daño moral, a raíz de las “molestias y angustias que genera en la persona la circunstancia de ser considerada deudora, de reclamársele una deuda sin la información debida, como de las circunstancias de reclamar extrajudicialmente y ser desoída”.

“Una y otra vez” la financiera exige las deudas a sus clientes “en forma exorbitante y poco clara”, afirmó la jueza a la hora de fijar la indemnización por daño punitivo. En ese rubro condenó a la empresa por dos millones de pesos a favor de la jubilada.