jueves 18 de abril de 2024

Comunidad Buenuleo

Piden incorporar a la causa el fallo que anula el reconocimiento de tierras

La querella consideró que la decisión de la Cámara de Apelaciones es nueva prueba que debe ser incorporada.

jueves 18 de noviembre de 2021
Piden incorporar a la causa el fallo que anula el reconocimiento de tierras
La querella apuntó contra Odarda y dijo que la resolución fue para "encubrir" la ocupación. Foto: archivo.
La querella apuntó contra Odarda y dijo que la resolución fue para "encubrir" la ocupación. Foto: archivo.

El 9 de noviembre, un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal anuló la resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas a través de la cual se reconocía la ocupación histórica de unas 400 hectáreas a la Comunidad Buenuleo y esto sumó un nuevo capítulo a la causa que data ya de hace varios años.

Alejandro Pschunder, el abogado querellante que representa a Emilio Friedrich quien años atrás habría comprado las tierras que ahora ocupa la comunidad, solicitó este jueves en una audiencia ante el Tribunal de Impugnación, que se incorpore esa decisión de la Cámara de Apelaciones como prueba en la causa.

En septiembre de 2020, el INAI reconoció la "ocupación actual, tradicional y pública de la comunidad Lof Che Buenuleo" y dio por cumplido el relevamiento territorial que establece la Ley 26.160.

Sobre esto, Pschunder consideró que “la resolución fue hecha por Magdalena Odarda para encubrir el hecho” de la ocupación que comenzó en 2019 con un enfrentamiento entre personal que oficiaba de cuidador del lugar y los integrantes de la comunidad.

El fallo de la Cámara, con fecha del 9 de noviembre,  fue dictado por los jueces Marcelo Duffy, Jorge Morán y Rogelio Vincenti en el caso iniciado por Emilio Friedrich. Para la querella, la decisión modifica la situación de la causa, por lo que solicitaron que “los jueces de Impugnación tengan en cuenta que hay una sentencia que anula (la resolución del INAI)”.

El Tribunal, compuesto por Miguel Cadella, Guillermo Bustamante y Marcelo Álvarez, dio diez minutos a cada parte para que exponga su argumento. En su turno, el abogado defensor de algunos de los integrantes de la comunidad, Fernando Kosovsky, consideró que “si bien, la apelación anula la resolución del INAI, lo hace por una cuestión documental”, ya que, según manifestó, la decisión se habría basado en que Friedrich no había sido parte del proceso de relevamiento.

Sobre esto, trajo a colación el DNU firmado por el presidente Alberto Fernández esta misma mañana, a través del cual se prorroga la emergencia de propiedad de las tierras de comunidades indígenas. “Lo que dice el decreto, es que los terceros no tienen participación en el relevamiento, sino que una vez concluido, podrán objetarlo, controvertirlo”, argumentó y aclaró que el fallo no está firme y que el INAI interpondrá un recurso.

De la misma manera lo había manifestado el abogado apoderado de la comunidad, Matías Schraer días atrás en diálogo con ANB,  “el fallo de la cámara equipara el Derecho de los pueblos originario con el Derecho de propiedad privada pero los intereses en juego son diametralmente opuestos; en la propiedad privada está el interés de una persona y es un interés netamente económico, mientras en la propiedad comunitaria indígena, además de importarle a las comunidades debe importarle al conjunto de la sociedad porque las comunidades sin su territorio no existen y hay que preservar que sigan existiendo”.

Finalmente, el Tribunal de Impugnación indicó que analizarán el pedido y “en el plazo que fije el Código, tendrán nuestra decisión”.  (ANB)

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