Género X
¿Cómo se debe tramitar el nuevo DNI para identidades no binarias?
No es necesario iniciar ningún proceso judicial y el trámite se realiza en el registro civil correspondiente por jurisdicción.
A través de un decreto presidencial, Argetina reconoció el derecho a las personas que no se sienten identificadas con el género masculino o femenino para que accedan a una tercera categoría no binaria. No es necesario iniciar ningún proceso judicial y el trámite se realiza en el registro civil correspondiente por jurisdicción. En caso de tener algún problema para acceder a este derecho, los interesados pueden consultar a la defensa pública.
La decisión presidencial tiene como objetivo reconocer la identidad de género de aquellas personas que no se identifican como varones o mujeres. Esto resulta independiente del sexo que se hubiera determinado al nacer y en los documentos y partidas que se tengan.
El trámite no es judicial, sino administrativo, por ello se debe concurrir a la sede del registro civil que corresponda por domicilio y solicitar un nuevo ejemplar del documento de identidad.
En el espacio denominado “sexo”, figurará una “X”, en lugar de la “M” o “F”, únicas opciones posibles hasta el momento. Cabe señalar, que a partir de la Ley 26.743 denominada como Ley de Identidad de Género desde 2012 se reconoce el derecho a que las personas sean identificadas y tratadas de acuerdo a su vivencia interna e individual respecto de su género. Y el antecedente es que se brindaba la posibilidad de cambiar el sexo asignado al nacer dentro de las opciones binarias hombre/mujer.
Es necesario aclarar que, tal como dispone la Constitución Nacional, el mismo derecho a acceder a los DNI no binarios está garantizado tanto para los argentinas/os nativos/as y naturalizadas/os, como así también para los documentos emitidos en Argentina respecto de personas nacidas en otros países.
¿Cómo podemos ayudarte?
Si tuviste o tenés algún inconveniente en el trámite podemos ayudarte. Acercate al Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP) o la defensoría descentralizada que corresponda por tu domicilio para recibir asesoramiento. También podés consultar en la Oficina de Atención a las Personas del Poder Judicial más cercana a tu hogar.
Identidad de género
A partir del 2012 todas las personas tienen el derecho a que se reconozca su identidad de género, al libre desarrollo de esa identidad y a se que les trate de acuerdo a ella.
Tal como se especifica en la ley, los requisitos para acceder a este derecho no requieren bajo ningún aspecto "acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico".
¿Qué pasa con los pasaportes?
El propio decreto 476/2021 advierte que existen países que no aceptan una denominación por fuera de los géneros binarios. En consecuencia, ordena a los agentes de los Registros Civiles y de Capacidad de las Personas de nuestro país el deber de informar sobre la posibilidad de que quienes solicitan el nuevo documento vean restringido el derecho a ingresar a determinados países.
Esto está vinculado a normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) a las cuales Argentina ha adherido y a que si bien algunos países, como Bangladesh, Pakistan y Nepal ya cuentan con este reconocimiento, otros Estados no han receptado la posibilidad de emitir documentos de viajes no binarios.