jueves 25 de abril de 2024

Se habilitó que puedan viajar hasta 10 personas paradas en colectivos

Se permite sólo en horarios pico. En Bariloche, la norma tomará vigencia cuando se retomen los servicios de transporte urbano de pasajeros.

jueves 19 de noviembre de 2020
Se habilitó que puedan viajar hasta 10 personas paradas en colectivos

El Gobierno oficializó la autorización para que hasta 10 personas puedan viajar paradas en el transporte público durante los horarios pico, siempre y cuando puedan mantener la distancia social en el interior del vehículo.

La Resolución 259/2020 del Ministerio de Transporte, publicada en el Boletín Oficial, confirmó la medida que en la práctica rige desde el viernes último en el ámbito metropolitano. Establece que "en los horarios de mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, la capacidad podrá ampliarse hasta diez (10) pasajeros de pie".

Además, el texto especifica que estas condiciones deben ceñirse a "las recomendaciones sobre distanciamiento social en el interior de los vehículos, de conformidad con los protocolos respectivos."

La resolución establece, también, que las empresas deberán garantizar la frecuencia del servicio y "una correcta ventilación en los vehículos" para la cual se establecieron pautas.

En primer lugar, "los vehículos de transporte automotor sin aire acondicionado deberán circular con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertos durante todo el viaje", indica la norma del Ministerio de Transporte que rige desde el viernes pasado.

Por su parte, agrega que "los vehículos de transporte automotor con aire acondicionado: deberán circular con la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertas durante todo el viaje a fin de mantener la circulación de aire y, además, en época de altas temperaturas, se accionará el aire acondicionado en un modo que garantice la mayor cantidad de toma de aire del exterior".

El uso del transporte público "es exclusivo para pasajeros afectados a las actividades declaradas esenciales y/o alcanzadas por excepciones a las restricciones a la circulación en el marco de la pandemia y para el personal docente, no docente y alumnado que deba concurrir a actividades académicas presenciales", recuerda la resolución.

En este contexto, los pasajeros deben seguir portando el "Certificado Único Habilitante para la Circulación- Emergencia Covid-19" y/o exhibir el permiso emitido por la aplicación "Cuidar" en su dispositivo móvil.

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