¿Cómo sigue Bariloche en la nueva etapa del aislamiento? | ANBariloche
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¿Cómo sigue Bariloche en la nueva etapa del aislamiento?

Luego del anuncio del Presidente Alberto Fernández, indicaron cómo continuará la situación en la ciudad.
¿Cómo sigue Bariloche en la nueva etapa del aislamiento?
¿Cómo sigue Bariloche en la nueva etapa del aislamiento?

Hasta el 8 de noviembre inclusive se mantendrá el esquema de restricciones y excepciones con el fin de proteger la salud de la población y de acuerdo a la situación epidemiológica actual en las localidades de San Carlos de Bariloche, Dina Huapi y el Departamento General Roca.

 

Esquemas para Bariloche y Dina Huapi

• La circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, sólo podrá realizarse entre las 6 y las 23 de lunes a domingo. Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria en los términos del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

• El horario de comercios esenciales será hasta las 21 y los no esenciales hasta las 20. Los domingos podrán abrir sus puertas todos los comercios, excepto los  supermercados.

• Restoranes, bares, confiterías y locales similares, de lunes a sábados hasta las 23, y los días domingo en el horario comprendido entre las 11 y las 17. Los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del COVID-19.

• Servicio de reparto a domicilio hasta las 23.

• Estará permitida la realización de actividad deportiva al aire libre de forma individual en el horario de 7 a 20, de lunes a domingo, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.

• Trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico.

• Se autoriza de forma excepcional la circulación de los ciudadanos en el marco de las habilitaciones aquí dispuestas, debiendo limitarse a los traslados mínimos e indispensables dentro de los horarios de apertura establecidos por la presente y conforme las reglamentaciones locales pertinentes detallen.