viernes 29 de marzo de 2024

Hasta el 12 de octubre continúan las medidas de ASPO en Bariloche

Las restricciones también alcanzan a los vecinos de Dina Huapi. Las reuniones sociales siguen inhabilitadas.

martes 29 de septiembre de 2020
Hasta el 12 de octubre continúan las medidas de ASPO en Bariloche

El Ministerio de Salud de Río Negro estableció las 00:00 horas del día 29 de septiembre de 2020 y hasta el día 12 de octubre del corriente, inclusive, un nuevo esquema de excepciones al cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y a la prohibición de circular instituidos mediante Decreto N° 754/20 del Poder Ejecutivo Nacional, en San Carlos de Bariloche y Dina Huapi.

• La circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, sólo podrá realizarse entre las 06:00 horas y las 23:00 horas de lunes a domingo. Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria en los términos del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

• El horario de comercios esenciales y no esenciales, será hasta las 21:00 hs.

• Restoranes, bares, confiterías y locales similares, de lunes a domingo hasta las 22:00 hs.

• Servicio de reparto a domicilio hasta las 23:00 hs.

• Estará permitida la realización de actividad deportiva al aire libre de forma individual en el horario de 7 a 20 horas, de lunes a domingo, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.

• Trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico.

Se autoriza de forma excepcional la circulación de los ciudadanos en el marco de las habilitaciones aquí dispuestas, debiendo limitarse a los traslados mínimos e indispensables dentro de los horarios de apertura establecidos por la presente y conforme las reglamentaciones locales pertinentes detallen.

Las personas afectadas a estas actividades exceptuadas deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

En todos los casos los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras.

No se habilitarán las reuniones sociales previstas en el Artículo 26 del Decreto N° 754/20, con el fin de proteger la salud pública.

Se dispone además la dispensa de asistencia a los trabajadores del sector público provincial que presten funciones en San Carlos de Bariloche y la localidad de Dina Huapi a los fines de evitar su circulación como medida preventiva contra el Covid-19. (Gobierno de Río Negro)

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