Jueces laborales encabezarán el juicio por el homicidio de Castillo | ANBariloche
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Jueces laborales encabezarán el juicio por el homicidio de Castillo

El joven empleado judicial fue asesinado el 5 de junio de 2010 en medio de un asalto en la despensa de su madre.
03/05/2017 00:00 Hs.
Foto: archivo.
Foto: archivo.

La Cámara Primera del Crimen, con especial integración,  rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensora oficial Romina Martini, en actuaciones por el homicidio de Carlos Castillo.

El joven era abogado y empleado judicial, y perdió la vida en un hecho que ocurrió el 5 de Junio de 2010 en inmediaciones de su vivienda familiar ubicada en barrio El Milagro de Dina Huapi. Cabe señalar que en esta causa  y en oportunidad de realizarse el juicio oral y público fue absuelto el único imputado Omar Quintero por la Cámara Primera del Crimen.

En forma posterior el STJ anuló esta sentencia y ordenó la realización de un nuevo juicio oral y público con distinta integración. Es así que han sido designados jueces del fuero laboral a tal efecto.

En este marco la Defensa efectuó un planteo en la necesidad de contar con un juez integrante del fuero penal. Este planteo fue rechazado y confirmada la integración del Tribunal por lo que la Defensora presentó recurso de casación.

En los fundamentos de la denegatoria del recurso de casación, el Tribunal integrado por los jueces Juan Lagomarsino, Alejandra Paolino y Marina Venerandi, señaló: "adelantamos opinión en el sentido que tal como ha sido interpuesto el recurso, el mismo no puede ser declarado admisible.

Además se ha consignado que " si este Tribunal decidiera conceder un recurso que resulta manifiestamente inadmisible, ello contraría el derecho del imputado a obtener la decisión de su causa en un tiempo razonable. Tal lo sostenido de manera reiterada y en varias presentaciones por la defensora"

Finalmente, ha dicho el tribunal, resulta oportuno expresar que el recurso intenta introducir argumentos referentes a falta de fundamentación de providencias que ya han quedado firmes y que por su carácter de trámite no requieren ser fundadas.

En síntesis, “nada de lo expuesto en el escrito recursivo supera lo argumentativo en un esfuerzo por hacer decir a la Constitución lo que la Constitución no dice, y tanto es así, que no se ha citado, jurisprudencia o doctrina a nivel Nacional o Provincial que avale su postura”, indicaron a través de un comunicado.

Luego de este fallo la causa ha quedado en condiciones de tener nueva fecha de juicio oral y público con el tribunal integrado por los mencionados jueces del fuero laboral de San Carlos de Bariloche.