Confirmaron procesamiento para los imputados por los crímenes del Alto | ANBariloche
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Confirmaron procesamiento para los imputados por los crímenes del Alto

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de queja presentado por el defensor de los policías Víctor Ángel Cufré, Jorge José Villanova y Argentino Hermosa.
29/12/2016 00:00 Hs.
Foto: Facebook Multisectorial.
Foto: Facebook Multisectorial.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, con el voto rector del juez Ricardo Apcarián, rechazó recurso de queja interpuesto por el defensor Sebastián Arrondo en representación de Víctor Ángel Cufré, Jorge José Villanova y Argentino Hermosa, con costas, y confirmó la sentencia interlocutoria dictada el 4 de octubre de 2016 por la Cámara Segunda de Bariloche.

Hace poco menos de dos meses atrás, el STJ resolvió rechazar la apelación planteada por la defensa contra el procesamiento de Víctor Ángel Cufré, Jorge José Villanova y Argentino Hermosa, como coautores de "homicidio culposo dos hechos-, lesiones leves culposas en diez ocasiones y lesiones graves culposas en tres ocasiones, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público".

Contra lo decidido, el defensor particular de los nombrados, Sebastián Arrondo, interpuso recurso de casación, que fue rechazado por improcedente lo que motivó la presentación de la queja en examen.

La defensa afirmó en su presentación, que se trata de una sentencia definitiva. Agregó que el pedido de prescripción y su falta de tratamiento resultan sumamente importantes para la defensa del imputado ya que, de haberse resuelto favorablemente, hubiera puesto fin al proceso, y consignó que debe asimilarse sus efectos a una sentencia definitiva.

Agregó que la denegatoria del recurso de casación sigue sin dar tratamiento a la prescripción de la acción penal, que pondría fin al proceso, lo que hace necesaria la revisión de la sentencia. En la presentación la defensa efectuó la reserva federal y solicitó se declare mal denegado el recurso de casación y oportunamente se declare la nulidad del procesamiento, haciéndose lugar al pedido de prescripción peticionado.

La confirmación del procesamiento de los imputados, a cuyo respecto no se ha dictado medida alguna de restricción de la libertad, solo constituye una declaración jurisdiccional de su presunta culpabilidad como autores de los delitos que se les endilgan y, en esos términos, es susceptible de revocación o modificación ulterior, aún de oficio, por lo que no puede equipararse a definitiva, carencia que se constituye en obstáculo insalvable para habilitar el recurso extraordinario de casación.