Una obra social deberá proveer dos prótesis de cadera | ANBariloche
Noticias de la Patagonia

Una obra social deberá proveer dos prótesis de cadera

Deberá pagar una multa de mil pesos por cada día que no cumpla con la decisión judicial.
01/12/2016 00:00 Hs.
Una obra social deberá proveer dos prótesis de cadera
Una obra social deberá proveer dos prótesis de cadera

El juez Civil Cristian Tau Anzoátegui, en su carácter de juez de Amparo, hizo lugar a recurso de presentado por una afiliada a OSPAT y ordenó a la obra social para que en forma inmediata cumpla con la provisión de dos prótesis de cadera requeridas por el profesional interviniente, con cobertura al al 100% bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de remitir las actuaciones a sede penal y de fijar una multa diaria de $1.000 por cada día de retardo en favor de la actora.

La afiliada recurrió a esta vía judicial toda vez que sufre una discapacidad con displasia de cadera congénita. Detalló en la presentación que desde hace dos años comenzó con los trámites en la obra social para que se adquieran las prótesis. Cabe aclarar que desde la obra social, manifestaron que solo se abonaría el 50% de la misma, debiendo aportar el resto la presentante. Señaló la amparista que la operación es indispensable para mejorar su calidad de vida

En los fundamentos se ha consignado que en el presente caso la vulneración que se denuncia afecta tanto el derecho a la salud, como así a la protección de las personas con discapacidad. Este último expresamente dispone "la salud es un derecho esencial y un bien social que hace a la dignidad humana. Los habitantes de la Provincia tienen derecho a un completo bienestar psicofísico y espiritual, debiendo cuidar su salud y asistirse en caso de enfermedad...".-

Finalmente señala el fallo: "..Por ello la Obra Social OSPAT debió contemplar que la amparista es una persona con discapacidad, por lo que la consideración de su situación debe ser prioritaria..."