Revés para el Tribunal de Contralor | ANBariloche
Noticias de la Patagonia

Revés para el Tribunal de Contralor

La Procuración rechazó el pedido de inconstitucionalidad contra un artículo de la Carta Orgánica Municipal, presentada por el organismo de control local. Es por la puja en torno al mecanismo de designación del asesor letrado del Tribunal. Define el STJ.
16/11/2014 00:00 Hs.
Revés para el Tribunal de Contralor
Revés para el Tribunal de Contralor

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro se apresta a fallar en torno al planteo realizado por el Tribunal de Contralor de Bariloche, que cuestionó la constitucionalidad de la Carta Orgánica municipal (inciso 2, artículo 62), en relación al mecanismo de contratación de su asesor letrado.

Así como la propia Justicia rechazó el planteo de un abogado particular que recurrió a los Tribunales criticando la designación directa, ahora es inminente un fallo sobre la cuestión de fondo: debe o no el Contralor cumplir con la manda de la Carta Orgánica que lo obliga a llamar a concurso para cubrir el cargo.

La acción fue iniciada por el Presidente del Tribunal, Damián Fuentes, y busca una declaración de “inconstitucionalidad”, que, en definitiva, avale la contratación del abogado sin pasar por un concurso. Fuentes basó su argumento en que, además de los pasos legales para la contratación, debe mantenerse inalterable el principio de “confianza” entre los miembros del Contralor y su asesor letrado, algo que un concurso no garantizaría. Además, pidió que se equipare la situación a la de los otros dos poderes del Estado -Ejecutivo y Concejo-, que designan a su Asesor Letrado sin un proceso como el exigido al organismo de control.

Pero la Procuración General -en un dictamen al que accedió ANB-, recomendó a los jueces del Superior Tribunal de Justicia que rechacen el planteo, ya que “no se ha demostrado de modo claro y concreto de qué manera los preceptos cuestionados habrían violado las garantías esgrimidas”.

“El accionante no ha logrado evidenciar ni probar de qué modo la normativa atacada desconoce o vulnera los postulados constitucionales denunciados”, indicó la Prcuración, y puntualizó que la acción de inconstitucionalidad “de ninguna manera puede transformarse en una herramienta para evaluar el acierto u oportunidad de un acto de gobierno dictado conforme a las facultades que le son propias”.

Incluso, criticó la presentación: “Lejos de intentar demostrar la accionante que se encuentren reunidos los extremos pertinentes, recurre a diversos argumentos, algunos de los cuales a poco que se miren, no resisten el menor análisis”.

En el extenso escrito, señaló que el pedido hecho por el Presidente del Contralor “tampoco ha logrado acreditar” que la Carta Orgánica -reformada en 2007-, “haya vulnerado el derecho a la igualdad”. Es decir que “no explica porqué” la metodología de designación “deba necesariamente equipararse a la forma de selección de los asesores legales de los otros Departamentos, cuyas funciones -por lo demás- tampoco se encarga de describir”.

“La accionante ha incumplido con la carga de demostrar cabalmente que el art. 62 de la Carta Orgánica, al establecer el procedimiento de concurso para cubrir el cargo, haya incurrido en una discriminación arbitraria que termine vulnerando el mentado principio de igualdad”.

Ahora, el STJ tendrá la última palabra en torno a esta puja, que forma parte de las discusiones y enfrentamientos entre el Contralor y el Ejecutivo de Bariloche. (ANB)