Agresores del remisero seguirán detenidos | ANBariloche
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Agresores del remisero seguirán detenidos

Así lo dictaminó la Cámara II del Crimen de Bariloche, a través del rechazo a la apelación interpuesta por el defensor de uno de los detenidos. Los magistrados justificaron que "el principio de inocencia se ha visto seriamente vulnerado", debido a que ambos imputados fueron detenidos en el lugar del hecho. También se aduce un posible "entorpecimiento de la causa".
18/10/2013 00:00 Hs.
Agresores del remisero seguirán detenidos
Agresores del remisero seguirán detenidos

Los dos agresores del remisero permanecerán detenidos. La Cámara Segunda del Crimen de Bariloche, rechazó la la apelación interpuesta por el defensor de uno de los detenidos. Los magistrados César Lanfranchi, Héctor Leguizamón Pondal y Silvia Baquero Lazcano, denegaron la excarcelación, bajo el argumento de que "el principio de inocencia se ha visto seriamente vulnerado, según se desprende especialmente el acta de procedimiento y detención, como así también de las constancias, existentes en la causa, las que aumentan el riesgo de entorpecimiento de la investigación".

Los jueces consideraron "relevante el considerar el plazo de detención que los imputados vienen sufriendo, ya que el investigado es el hecho sucedido el 29 de Setiembre de 2013, y los dos imputados fueron detenidos precisamente en el lugar de los hechos, cuando intentaban evadirse, habiendo integrado un grupo de agresores de aproximadamente quince personas, según refieren las víctimas, por lo que el plazo de investigación de 15 días transcurridos es exiguo debiendo aplicarse el criterio denominado equivalencia’".

En suma, han dicho los Jueces, "el pedido de libertad, fue adecuadamente tratado por el magistrado, y corresponde el rechazo de la apelación".

Por su parte, el defensor de del detenido en cuestión, Juan Pablo Laurence, en su fundamentación, consideró que para denegar la excarcelación, el Juez "omitió la jurisprudencia obligatoria dictada por el Superior Tribunal de Justicia en las actuaciones caratuladas Pérez Casal’". Asimismo consignó que dicho fallo (Pérez Casal) "es sumamente claro respecto de que lo se trata de privilegiar es el 'estado de inocencia', -garantía de rango constitucional- que posee toda persona sometida a un proceso penal hasta tanto no exista una sentencia firme".

Puntualiza en ello, aseverando que "la única merituación que se efectúa en ésta denegatoria radica en un supuesto desprecio de reglas mínimas de convivencia por parte de los imputados y de ello se colige que éstos podrían entorpecer la investigación –de recuperar la libertad- pues pueden influir negativamente en el ánimo de las víctimas…’, a lo cual se suma un futuro y supuesto acuerdo entre las personas investigadas y las aún no identificadas".

Refiere que ello "no puede ser considerada una conclusión válida para denegar el beneficio, toda vez que ninguna constancia concreta así lo acredita y las falencias investigativas que hasta la fecha no han podido identificar a los autores de los hechos que han tomado el estado público conocido –marchas hacia tribunales incluidas- mal pueden operar en contra de su asistido, quien tiene domicilio fijo establecido, vive con sus familias en nuestra localidad, en la cual desarrollan tareas laborales de manera habitual".

En tanto el Fiscal de Cámara, Enrique Sánchez Gavier, consideró que el recurso "no debe prosperar, al estimar que los argumentos del Juez de Instrucción resultan suficientes para compartir tal resolución".

El hecho

El pasado 29 de septiembre, entre las 7 y las 7,30 horas, en inmediaciones del barrio Arrayanes, el chofer de un remisse, Julio Curruhinca, fue interceptado por un grupo de personas,-cuando se dirigía al domicilio de una clienta- provocando daños materiales al automor, lanzando piedras,las que también lo hirieron, para luego en forma posterior obligar al chófer a decender del móvil, oportunidad en la cual fue golpeado nuevamente.

La instrucción de esta causa corresponde al Juzgado Nro.4 a cargo del Dr. Ricardo Calcagno quien denegó el pedido de excarcelación apelado, según detalló Prensa de la Tercera Circunscripción Judicial.