Se aprobó el estatuto y escalafón del personal municipal de Dina Huapi | ANBariloche
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Se aprobó el estatuto y escalafón del personal municipal de Dina Huapi

De manera unánime, los concejales de la vecina localidad aprobaron una herramienta fundamental que regulará los derechos y obligaciones de los empleados municipales de Dina Huapi. Si aumenta el sueldo del intendente y de la planta política, también se deberán incrementar proporcionalmente los sueldos de los empleados municipales.
05/07/2013 00:00 Hs.
Se aprobó el estatuto y escalafón del personal municipal de Dina Huapi
Se aprobó el estatuto y escalafón del personal municipal de Dina Huapi

En el marco de la sesión ordinaria Nº 008-2013, los integrantes del Concejo Deliberante de Dina Huapi, su presidente Alejandro Corbatta (PPR Dina Huapi), y los ediles Armando Capó (FpV-FG Dina Huapi) y Leonardo Pacheco (UCR Dina Huapi), aprobaron por unanimidad el proyecto de ordenanza Nº 117-2013. Cabe destacar que éste cuenta con la autoría de los tras ediles y tiene como finalidad estipular el "Estatuto y Escalafón del personal Municipal", determinando así el régimen escalafonario municipal, contemplando el conjunto de normas relativas al ordenamiento y clasificación del personal municipal y a la evolución de su carrera administrativa, entre otros aspectos.

En primera instancia, Capó explicó: "Este proyecto surgió como tal a partir de la reciente aprobación de la Carta Orgánica Municipal el pasado 1 de mayo" y describió que inicialmente existió una iniciativa presentada por el Ejecutivo Municipal a la que tuvieron que "readecuar a las exigencias de la Carta Orgánica, porque el proyecto Nº 92 había sido presentado en diciembre del año pasado, y no contemplaba las exigencia que terminó dando y marcando la Carta Orgánica Municipal" y agregó que el proyecto Nº 117 "toma como base la Ley provincial 811 que es la que regula cómo deben liquidar los sueldos los Municipio que no tienen estatutos ni escalafones. Como no tiene un uso muy práctico esta Ley ha quedado obsoleta por la falta de actualización de los básicos y esto generaba una situación que los Intendentes tenían que actualizar los sueldos a través de aportes extras, designaciones que no estaban dentro del sueldo normal y terminaba perjudicando a los trabajadores, porque en los momentos de vacaciones o de licencias por enfermedad terminaban cobrando menos sueldo a raíz de este defasaje en el tiempo de los básicos de los básicos".

Por otra parte, Capó hizo hincapié en que el objetivo principal del proyecto es "acordar un marco de justicia para la liquidación de sueldos de los empleados municipales y marcar las reglas de juego claras para todos". Aprovechó la oportunidad para resaltar el trabajo en conjunto con Ejecutivo Municipal, a través de la figura del secretario de Hacienda, Miguel Buiatti.

Por su parte, Pacheco opinó que "tiene dos cuestiones importantes de mencionar: La primera es que esto vienen a cumplir con un débito que el Municipio tenía con respecto a los empleados municipales y con respecto a los vecinos en general. También lo voy a embanderar como un logro del Concejo deliberante, porque el año pasado presenté cuatro proyectos en total cuando la Ley 2353 no le permitía al Concejo Deliberante tener la libertad que hoy tiene con la Carta Orgánica en materia de generar normativa de administración pública y fui acompañado por el Concejo Deliberante". En este punto recordó dos de las iniciativas impulsadas por él mismo, considerándolas de suma importancia para concluir en el proyecto Nº 117: "el proyecto de ordenanza de procedimiento de llamado a concurso para el ingreso de nuevos aspirantes a la Municipalidad y el proyecto relacionado con la derogación de la 119 que es el sistema de adhesión a la 811 para quitarle la facultad al Intendente de determinar a través de adicionales discrecionales sin entrar en la discusión si eran arbitrarios o no; el proyecto de ordenanza para la regulación de los contratos de tiempo determinado y todo eso produjo que el Ejecutivo asumiera el compromiso en Comisión de presentar un proyecto integral que era el escalafón y el estatuto general, lo que llevó a que mis proyectos se quedaran esperando esa resolución, la cual llegó en diciembre del año pasado". Asimismo opinó que "este marco regulatorio va a llevar transparencia, legalidad, seguridad jurídica a los trabajadores y que es un logro del Concejo Deliberante".

Por último, Corbatta aseguró: "Esto más allá de una situación numérica o escrita, trata de la dignidad del trabajador dentro del Municipio, teniendo las reglas claras, teniendo un sueldo acorde a su función, llevando igualdad ante igual función. Es un reordenamiento que se ha demorado mucho, porque desde el 2009 que estamos como Municipio y desde entonces, los empleados municipales estaban a la deriva con respecto a sus derechos y obligaciones y más que nada sobre su ingreso mensual que ahora es acorde a su función. Antes estaba sometido a horas extras, sometido a adicionales, sometido a lo que le parecía bien al empleador hacer, otorgaban horas extras, las parte de vacaciones y en licencias por enfermedad, no era la misma remuneración que tenían siempre, se utilizaba como variable de ajuste y esto no puede quedar a la deriva dependiendo del funcionario de turno. Entonces va más allá de un escrito, tiene que ver con un reordenamiento que no se había hecho ni siendo Comisión de Fomento ni siendo hasta el día de hoy Municipio".

Entre algunos de los aspectos relevantes del proyecto de ordenanza Nº 117, se destaca que en el capítulo I habla de las excepciones, los deberes, las prohibiciones, y los derechos del personal. Así como también hacer referencia a la estabilidad del personal municipal. En este sentido, la iniciativa aclara que "es el derecho del personal de conservar el empleo, la jerarquía y nivel alcanzados, entendiéndose por tales la ubicación en el respectivo régimen escalafonario". También brinda detalles acerca de la retribución, las compensaciones e indemnizaciones, las asignaciones familiares, las menciones especiales y los premios, la igualdad de oportunidades, y contempla un eje sobre la capacitación del personal del sector.

En un segundo capítulo habla de los requisitos que se deben contemplar a la hora del nombramiento del Personal Municipal, entre otros puntos. Más adelante el proyecto aprobado ofrece información relevante sobre las renuncias a un cargo o ante el pedido de jubilación. También ahonda en el régimen disciplinario, la Junta de calificación y disciplina, la agremiación, la licencia, el alcance del régimen escalafonario municipal.

Un eje importante son las características de las remuneraciones, el sueldo básico, la antigüedad, el presentismo, las compensaciones especiales, y el Sueldo Anual Complementario (SAC).

Los tres autores del proyecto aclararon que en el caso de los aumentos salariales "va todo atado al sueldo del Intendente Municipal y de la planta política, de manera proporcional. Es decir, si aumenta el sueldo del Intendente y la planta política, también se deberán incrementar proporcionalmente los sueldos de los empleados municipales".