martes 19 de marzo de 2024

Prisión domiciliaria para el conductor que chocó y mató a dos personas

El hecho sucedió el sábado 9 de septiembre cuando a casi 100 Km/h impactó contra una moto dejando sin vida a Rodrigo Pereyra y Celeste Domínguez.

lunes 25 de septiembre de 2017
Foto: gentileza Poder Judicial.

El Juez de Garantías Juan Martín Arroyo ordenó prisión domiciliaria, hasta la realización del juicio, para Matías Carabajal Rosciani, quien se encuentra imputado como presunto autor de "Doble Homicidio Culposo Agravado".

Se le atribuyó al imputado el hecho acontecido el sábado 9 de septiembre aproximadamente a las 3,25 cuando conducía su vehículo en sentido oeste – este. Al llegar al kilómetro 4,256 de la avenida Bustillo, circulando a 93,49 kilómetros por hora y luego de invadir el carril contrario colisionó con el ciclomotor, el que circulaban en sentido contrario ambas víctimas, causándole la muerte inmediata a Rodrigo Pereyra y Celeste Domínguez.

Asimismo, se le imputa haber tenido un nivel de alcoholemia de al menos 1,36 gramos de alcohol en sangre en el momento del impacto.

La medida se dispuso luego de escuchar a la Fiscalía y a la Defensa en audiencia oral y pública. Cabe señalar que la prisión domiciliaria será hasta la realización del juicio, con la colocación de dispositivo de monitoreo electrónico.

En los fundamentos el juez Arroyo señaló que esta resolución neutraliza los riesgos procesales y de fuga, siendo la medida menos gravosa y hasta tanto se completen medidas previas a la realización del juicio. Sobre la procedencia se tuvo en cuenta la proporcionalidad. En este sentido consideró que los 15 días fueron acordes . "No puede ser puesta en cabeza del imputado los tiempos de las distintas medidas procesales" destacó, considerando además que la Prisión Preventiva no puede ser adelanto de pena y que la mayoría de la prueba ha sido recolectada.

En su alocución la Fiscal Betiana Cendón había solicitado la renovación de los 10 días ordenados oportunamente. Señaló que restan medidas probatorias por lo que consideró necesario renovar la medida cautelar hasta la realización del juicio, fecha que será fijada por la Oficina de Gestión Judicial. Consignó que los fundamentos no tienen que ver con el arraigo sino con la falta de cumplimiento demostrada por el imputado ante otras mandas impuestas por el Estado.

Por su parte el defensor particular Cristobal Bhurer se opuso al planteo realizado por la Fiscalía al considerar que su representado no ha intentado obstaculizar el desarrollo de la investigación, mencionando que Carabajal siempre ha estado a derecho y tiene arraigo en esta localidad.

"No existe argumento técnico legal" dijo el defensor , agregando que no existe medida de prueba que no se haya realizado. Afirmó que no ha existido riesgo de fuga, ha estado a derecho y se ha prestado para todo tipo de medida. "Si hubiese tenido intención de fuga lo hubiera hecho al momento de suceder este lamentable suceso" dijo Bhurer. Consideró que su pupilo tiene arraigo de toda la vida, arraigo familiar. Finalmente dijo que su representado sufre asma crónica, resultando riesgoso mantenerlo detenido ya que ha tenido en los últimos ocho meses, cuatro internaciones. (ANB)

 

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