jueves 28 de marzo de 2024

Va a juicio el acusado de matar a un hombre en El Frutillar

El hecho ocurrió en la vivienda de la víctima el 5 de noviembre de 2016.

martes 21 de febrero de 2017
Va a juicio el acusado de matar a un hombre en El Frutillar

El juez de Instrucción Marcos Burgos ordenó la clausura y elevación a juicio de las actuaciones en las que se encuentra procesado con prisión preventiva César Francisco Carriqueo por homicidio simple en perjuicio de Jorge Alberto Franco.

La Fiscalía imputó a Carriqueo por el hecho que ocurrió el 5 de noviembre de 2016 entre las 15.30 y las 16 en el terreno delantero de una vivienda del barrio El Frutillar. En la oportunidad Carriqueo fue a la casa de Jorge Alberto Franco junto a Maximiliano Díaz y una mujer. En el lugar comenzó una discusión entre Carriqueo y la víctima, la que prosiguió con golpes de puño hasta que Carriqueo, asestó a Franco siete puntazos con arma blanca, tipo navaja de unos 15 centímetros de largo.

Las lesiones fueron detalladas de la siguiente manera: tres en tórax anterior izquierdo, dos en el dorso del lado izquierdo y una en la región preauricular izquierda. Se constataron también dos de carácter escoriativas en la espalda. La primera herida provocó una lesión cardíaca, y fue la que en definitiva provocó su muerte.

Posteriormente huyeron, abandonando el arma blanca. Fueron detenidos al día siguiente en dependencias de la unidad 42 de esta ciudad.

En tanto a Maximiliano Jonathan Díaz se le imputó en las mismas circunstancias de tiempo y lugar por haber ayudado al autor del hecho a ocultar el arma blanca, pruebas y rastros. En la misma resolución se dictó la falta de mérito respecto del nombrado.

En los fundamentos del procesamiento dictado por Burgos, se ha consignado que "no ha quedado objetivada agresión ilegítima por parte de la víctima, y en todo caso, quien comenzó con una agresión física, palmada en el rostro o cachetazo, fue Carriqueo a Franco, y luego continuó la pelea entre ambos".

 “La cantidad de cortes producidos y en diversas partes del cuerpo de la víctima, indican que no fue simplemente un acto de defensa para repeler el ataque. Menos justificada resulta la agresión, si se tiene en cuenta que no guardan razonable proporción las lesiones que presentaba Carriqueo con las constatadas en la víctima, a la luz de las constancias médicas anexadas", señaló la resolución.

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