viernes 19 de abril de 2024

¿Qué dice el texto de la declaración de emergencia económica?

En una sesión escandalosa, el Concejo aprobó este viernes la ordenanza Nº 002 -15 que promueve un plan de “austeridad” para hacerle frente a una supuesta crisis financiera. Los principales aspectos y los puntos de conflicto con el Soyem.

sábado 12 de diciembre de 2015
Foto: Chiwi Giambirtone.

La ordenanza Nº 002-15 (ver texto adjunto) que aprobó este viernes (11/12) el Concejo Deliberante municipal se titula “Establecer Emergencia y Ordenamiento Económico, Financiero y Administrativo” y está firmada por el intendente Gustavo Gennuso.

En medio de una sesión conflictiva, los siete ediles de Juntos Somos Bariloche y el del Pro juntaron los ocho votos que se necesitaban para sancionar la medida, mientras los tres del Frente para la Victoria la rechazaron.

El “plan de austeridad” del nuevo Gobierno también encontró resistencia entre los empleados municipales y el sindicato que los representa (Soyem). Decenas de ellos protagonizaron ayer hechos de violencia contra los concejales al momento del tratamiento de la normativa. Consideran que la ordenanza implica un ajuste del gasto público que afectará sus fuentes y condiciones de trabajo.

Para entender un poco más de qué va la iniciativa oficialista, ANB expone los principales puntos del texto.

FUNDAMENTOS. El texto escrito por el actual Intendente parte de la premisa de que la Municipalidad está atravesando una “profunda crisis económica, financiera, administrativa, que incide directamente en la vida de todos los barilochenses” y prosigue: “En ese sentido se torna urgente e imprescindible realizar acciones de emergencia tendientes a frenar el endeudamiento progresivo y el desmanejo que se viene produciendo con los recursos del Estado Municipal, el cual, de mantenerse, pone en grave riesgo la continuidad de la prestación de los servicios indispensables de la ciudad”.

Estas afirmaciones las argumenta con informes del Tribunal de Contralor sobre el estado financiero comunal a noviembre de 2015. A partir de esos datos, calcula que la comuna tiene un pasivo total de 601 millones de pesos compuesto por: deuda por retenciones a terceros (Ganancias, Ingresos Brutos, Soyem, IPPV, proveedores, entre otros), desvío de Fondos Específicos y de compromisos de obras a pagar en el futuro.

La ordenanza, que regirá por seis meses a partir de su promulgación, asegura que “no trata de sustituir las competencias legislativas, ni de excluir de las funciones de contralor y/o fiscalizador institucional, sino de brindar al Departamento Ejecutivo las herramientas que le permitan superar con mayor celeridad la situación extraordinaria planteada”.

PUNTOS DE CONFLICTO CON EL SOYEM. Entre el artículo 16 y el 22, el proyecto aprobado se refiere a asuntos que afectan directamente al personal.

Durante un plazo máximo de 30 días a partir de la promulgación, se informará sobre “las funciones que cumple cada persona contratada, área en que se encuentra afectada y opinión fundada sobre la necesidad de la continuidad de la relación laboral o su reubicación, con igual o menor carga horaria”. Todo contrato caducará sin excepción el día estipulado, sentencia el artículo 16.

En el siguiente párrafo se consigna que, en un plazo de 60 días, se dará a conocer una “reestructuración general y sectorial” de las dependencias municipales, así como “la reubicación del personal, traslados, cambios de dependencias o tareas, modificación de horarios y toda otra medida que (el Ejecutivo) juzgue conveniente”.

Asimismo, la ordenanza autoriza a la jefatura comunal a "adoptar sistemas de retiro voluntario, jubilación anticipada del personal a efectos de proceder a la adecuación presupuestaria llevada adelante por la emergencia" y fijará las condiciones para poner en práctica ese régimen (plazos, tabla de valores y modalidad de pagos). Además, agilizará los trámites de "todos aquellos agentes que por problemas de salud estén en condiciones de jubilarse".

Otra de las medidas a adoptar es el congelamiento de vacantes para ingreso de nuevo personal. Sólo el intendente podrá autorizar incorporaciones en “casos imprescindibles".

La normativa establece también que el Ejecutivo dispondrá para sus empleados turnos matutinos, vespertinos o  nocturnos y francos rotativos para asegurar la prestación de los servicios públicos, “sin excederse del régimen horario”, aclara.

RECORTE DEL GASTO Y AUMENTO DE LA RECAUDACIÓN. El artículo 7 enumera varias medidas que el Ejecutivo fomentará para llevar a cabo un plan de “austeridad y eficiencia económica”.

Entre ellas se encuentran: contener el gasto público, mejorar los aportes de los contribuyentes al Estado, renegociar contratos por locación de obras  y servicios, restringir el uso de vehículos oficiales, centralizar las compras de insumos de todas las áreas municipales en el Departamento de Suministros, verificar las concesiones otorgadas y el pago de cánones, revisar las Ordenanzas Fiscal y Tarifaria, limitar los gastos de publicidad y propaganda y apelar a acciones colaborativas "tendencientes a reducir costos y gastos" por parte de entidades y organizaciones comunitarias.

Los siguientes artículos establecen además  la suspensión de los viáticos y vehículos oficiales para los funcionarios del Ejecutivo - salvo en los casos que el Intendente lo diponga - y la cancelación del uso de telefonía celular en toda la Municipalidad.

Asimismo, el texto suspende la utilización de las “cajas chicas” de todos los órganos municipales y determina el manejo centralizado de los recursos municipales en una única cuenta corriente bancaria.

En el texto, se enuncian varias metas, pero no se explicitan cuáles serán las medidas concretas que se tomarán para alcanzarlas. Es el caso del artículo 13, que pretende “alcanzar un aumento en la recaudación para el próximo ejercicio fiscal en un 40 por ciento sobre la actual recaudación y escala tarifaria”.

PRÓRROGA. Pone como plazo de vigencia "seis meses a partir de su promulgación, prorrogables por otro período igual por el Concejo Municipal" a pedido del Ejecutivo.(ANB)

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