viernes 29 de marzo de 2024

Justicia dictó falta de mérito a mujer investigada por agresión a ex pareja

Aunque se ordenó su inmediata libertad continuará involucrada en la causa como sospechosa.

miércoles 29 de julio de 2015
La mujer continúa relacionada con la investigación pero en libertad
Foto Chiwi Giambirtone
Foto Chiwi Giambirtone

Alexa Haneck cumplía con prisión domiciliaria porque está a cargo de dos hijos menores; la medida había sido ordenada por el juez Ricardo Calcagno. El magistrado fue apartado de la causa por un fallo de la Cámara Criminal Segunda, que hizo lugar a la recusación presentada antes de la feria judicial de invierno por la defensa de la mujer.

Haneck es investigada porque en la mañana del último 3 de junio, Mauro Zeltzer, de 19 años, pasó a buscar por la casa de la mujer a su hijo de 4 años para llevarlo al jardín. Se sabe que en el interior de la vivienda hubo una discusión aunque no se conocen los motivos.

El hecho es que momentos después, Zeltzer apareció herido y sin vida sobre la calle Fagnano 644 del barrio 10 de Diciembre, a metros de la casa de Haneck. El joven había sido atacado con un arma blanca en el tórax.

Calcagno no sólo fue apartado de la causa sino que la indagatoria que había tomado a la imputada fue declarada nula. La investigación pasó a estar a cargo del juez de instrucción Marcos Burgos, que recientemente dictó la falta de mérito y ordenó la libertad de la mujer.


Fuentes judiciales indicaron que la medida se resolvió “toda vez que no existen elementos que permitan vincularla, hasta el momento, en forma directa, como la autora penalmente responsable del hecho que se investiga, no obstante queda en calidad de sospechada en la causa. En este marco se han ordenado una serie de medidas, las que se están diligenciando. Asimismo se ha notificado a la imputada con acta de compromiso correspondiente ordenándose su inmediata libertad”.

Entre los elementos probatorios existentes en la causa que se mencionan en la resolución de Burgos se destacan el acta de procedimiento policial elaborada en forma inmediatamente posterior de haber ocurrido el hecho, el croquis ilustrativo, certificados médicos, testimonios e informe técnico del Gabinete de Criminalística.

"En efecto, a esta altura de la pesquisa y valorados los elementos probatorios e indiciarios incorporados al legajo, es posible afirmar que el cargo formulado a la enrostrada no se encuentra corroborado en los términos exigidos por el art. 281 del C. P. P., como tampoco para desvincularlos de modo definitivo", afirma el dictamen del magistrado.

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