jueves 28 de marzo de 2024

Justicia ordenó al IPPV brindar solución habitacional a discapacitado

Es para un hombre que vive en Bariloche, padece varias discapacidades y recibe una ayuda familiar insuficiente.

martes 07 de julio de 2015
Justicia ordenó que se le entregara una vivienda a un hombre discapacitado
Foto Chiwi Giambirtone
Foto Chiwi Giambirtone

El juez en lo Civil Santiago Morán hizo lugar a un recurso de amparo y ordenó al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (I.P.P.V.) que otorgue una solución habitacional a un hombre que padece de un retraso mental moderado y una visión subnormal en ambos ojos.

El amparo había sido presentado por un familiar del hombre que no sólo sufre diversas discapacidades sino que también está imposibilitado de trabajar, por lo que no puede afrontar el costo de un alquiler. Además, sólo cuenta con una pensión asistencial y debe desocupar la habitación que alquila a la brevedad quedando así en situación de calle.

El hombre estaba inscripto en el IPPV. La defensora de Incapaces indicó que efectivamente existe en trámite una causa sobre proceso de capacidad del amparista y que en marzo de 2014 se envió una nota al IPPV para que se le proveyera una vivienda pero que el organismo nunca respondió.

Teniendo en cuenta el caso y los antecedentes, el juez Morán finalmente hizo lugar a la acción de amparo. El fallo no sólo ordena al IPPV que brinde una solución habitacional al afectado, sino que además establece deberá incluirlo “en el término de cinco días dentro del listado de prioridad de acceso a la vivienda, ya que cuenta con legajo en trámite, debiendo acreditar cada 15 días las gestiones realizadas y su resultado. Todo ello, bajo apercibimiento de remitir las actuaciones a sede penal, fijar sanciones conminatorias en favor del amparista y tomar las restantes medidas complementarias que correspondan”.

En el dictamen el magistrado consignó el derecho a una vivienda digna que asiste a las personas con discapacidad, reconocido en la ley provincial 2055.


Además, ante la gravedad del caso, Morán consideró que “hay una urgencia tal que amerita dictar un pronunciamiento judicial rápido, sin aguardar otras vías, pues si así no se decidiera, podría verse afectado seriamente el derecho fundamental a la salud e integridad física del Sr. D., hecho que, justamente esta acción tiende a evitar”.


Un antecedente reciente sobre un caso similar es el del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia que confirmó una sentencia dictada en primera instancia que ordenaba a la provincia de Río Negro y a la municipalidad de Bariloche brindar una solución habitacional a una persona con discapacidad.

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