jueves 28 de marzo de 2024

Fuerzas policiales podrían sindicalizarse

Se trata de un proyecto de ley de la senadora nacional, Magdalena Odarda  que apunta a que “se reconozca a la Policía y agentes penitenciales, el derecho a ejercer la libertad sindical, y poder reclamar por mejores condiciones laborales".  

sábado 11 de abril de 2015
Fuerzas policiales podrían sindicalizarse
Magdalena Odarda (foto archivo)
Magdalena Odarda (foto archivo)

La Senadora Nacional Magdalena Odarda (Interbloque FAP-UNEN-CCARI) presentará un proyecto de ley para que se reconozca a las fuerzas policiales y a los agentes de seguridad penitenciaria, el derecho a ejercer la libertad sindical y poder reclamar por mejores condiciones laborales. Tendrá una aplicación gradual y deberá ser reglamentado por el Poder Ejecutivo.

En concreto, el proyecto establece que "los agentes de las fuerzas policiales y de seguridad penitenciaria gozan del derecho de ejercer la libertad sindical, constituir organizaciones y afiliarse en el marco de los derechos consagrados por la Constitución Nacional, tratados internacionales y conforme lo establece la ley 23.551. La participación de estos agentes en organizaciones gremiales no podrá ser motivo de falta disciplinaria alguna, sanciones, traslados y hostigamientos o cualquier medida que provoque perjuicios al agente."

La ley 23551 regla acerca de las asociaciones sindicales. El proyecto de la Senadora propone agregar un artículo a la misma que determina lo siguiente: "Los derechos a ejercer la libertad sindical por parte de los agentes de las fuerzas policiales y de seguridad penitenciaria se regirán por lo dispuesto en esta ley. El Poder Ejecutivo reglamentará especialmente las condiciones en las que ejercerán su actividad las asociaciones sindicales que estos formen, de manera de garantizar la seguridad publica en todo el territorio nacional."

Este derecho está consagrado en la Constitución Nacional para todos los trabajadores. También por los tratados internacionales. El artículo 14 bis asegura al trabajador la "organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial."

A su vez, el Convenio 87 de la OIT – Organización Internacional del Trabajo- establece que en los países miembro "La legislación nacional deberá determinar hasta qué punto se aplicarán a las fuerzas armadas y a la policía las garantías previstas por el presente Convenio", dando lugar a que se legisle sobre el tema reconociendo este derecho.

"Pese a que deben gozar de ese derecho como todo trabajador, los agentes de la policía y el personal penitenciario no pueden agremiarse o a crear asociaciones en el marco de la ley 23551, y toda vez que ha habido reclamos laborales, los agentes son sumariados o reciben algún otro castigo”, dijo Odarda, según infomación oficial.  

"En el mundo hay muchos antecedentes de organizaciones sindicales policiales que funcionan perfectamente. Creemos que es un paso hacia adelante en el reconocimiento a estos trabajadores”, afirmó. (ANB)

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